C. S. , M. C/ Z., F. J. S/ALIMENTOS
La Cámara de Dolores modifica la resolución que fijó la cuota alimentaria en $600.000, ajustándola al índice de precios al consumidor publicado por el INDEC, en respuesta a la alegación del demandado sobre la inflación y la actualización del valor de la cuota.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El actor, M. C. S., demanda una cuota alimentaria mensual de $600.000 para sus hijos, con actualización trimestral en un 30%, y el pago de prestaciones en salud y educación. El demandado, F. J. Z., impugna el porcentaje de actualización, alegando que no refleja la inflación real y que afecta su capacidad contributiva. La sentencia de primera instancia hizo lugar a la demanda y fijó esa cuota en los términos mencionados, incluyendo la actualización trimestral en un 30%. La Cámara revisa el método de actualización, considerando que la modalidad rígida y el porcentaje fijado superan los índices inflacionarios reales. Se concluye que la actualización debe ajustarse al índice de precios al consumidor publicado por el INDEC, para mantener el valor real de la cuota y evitar incidentes recurrentes. La Cámara también destaca la importancia de proteger el derecho a la alimentación y la educación de los menores frente a la inflación, y ajusta el fallo en consecuencia.
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