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ALMADA CHAVEZ LORENA VANESA C/ PROVINCIA DE BUENOS AIRES DIRECCION GENERAL DE CULTURA S/ ACCIDENTE DE TRABAJO - ACCION ESPECIAL

La sentencia condenó a la Provincia de Buenos Aires a pagar una indemnización de $40.215.017,51 por accidente laboral, confirmando la inconstitucionalidad de ciertos decretos y artículos, y evaluando la incapacidad física y psíquica de la actora conforme a los peritajes médicos.

¿Qué se resolvió en el fallo?

La actora, Lorena Vanesa Almada Chávez, demandó por accidente en ocasión del trabajo ocurrido el 18/08/17, reclamando indemnización por daños y perjuicios y por incapacidad física y psíquica. La demanda fue fundamentada en un accidente sufrido en su tarea habitual, lesiones que derivaron en un grado de incapacidad del 40,08% física y 15% psíquica, según informes periciales. La Comisión Médica Jurisdiccional determinó una incapacidad del 10,12%, decisión que fue cuestionada por la actora, pero que el tribunal consideró fundada en criterios científicos y avalados por la evidencia pericial. La sentencia resalta que la prueba pericial en medicina física y psíquica, avalada por los peritos, demuestra secuelas consistentes en la pérdida de capacidad funcional y daños psíquicos relacionados con el evento laboral. Se rechazaron las argumentaciones sobre inconstitucionalidad de leyes y decretos, sustentando la competencia del tribunal y la validez de la normativa aplicable. La condena fue de $40.215.017,51, más intereses y costas, declarando además la inconstitucionalidad de decretos y artículos que restringían derechos de los trabajadores. FUNDAMENTOS PRINCIPALES: "Se concluye que la actora ha sufrido un accidente en ocasión del trabajo el 18/08/17, dejando un porcentaje de incapacidad física del 40,08 %, y daño psíquico del 15 %, basado en peritajes científicos y avalados por la jurisprudencia y principios constitucionales. La valoración de la prueba pericial demuestra que las secuelas físicas y psíquicas son compatibles con las lesiones denunciadas y que las mismas afectan la capacidad laboral y la salud mental de la actora, configurando un daño resarcible según la ley 24.557." "Los informes periciales, en particular el de la Dra. Stella Dionisi y el Dr. Guillermo A. Vera, ofrecen fundamentos sólidos y científicos que respaldan la percepción de incapacidad. La pericia psicofísica revela además daño psíquico vinculado directamente con el evento laboral, lo que justifica la indemnización por daños psíquicos y físicos, en línea con los estándares de la ley 24.557." "Se rechazan las alegaciones de inconstitucionalidad de los decretos y leyes invocadas, pues la competencia del tribunal y la validez de las normativas están respald

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