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LEGUIZAMON ANTONIO C/ FEBO SERVICIOS EMPRESARIOS S.R.L S/ DESPIDO

Homologación de acuerdo conciliatorio en proceso laboral por despido y pago de suma acordada. La Cámara aprobó el convenio celebrado por las partes, considerando que no vulnera norma alguna y se ajusta a la ley laboral, confirmando la decisión de homologar el acuerdo en los términos propuestos.

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¿Qué se resolvió en el fallo?

El actor, Antonio Leguizamón, demanda a la empresa FeBo Servicios Empresarios S.R.L. por despido y suma de dinero. La sentencia homologó un acuerdo conciliatorio en fecha 24/6/25, por la suma de 5.000.000 de pesos, que la demandada se comprometió a abonar en la forma pactada. La jueza consideró que el convenio no vulnera normas de orden público y se ajusta a los arts. 12 y 15 de la Ley de Contrato de Trabajo (LCT). La resolución destaca que “el convenio que nos ocupa debe ser materia de homologación en virtud de que el mismo no vulnera norma alguna de orden público y se adecua a los dispositivos de los arts. 12 y 15 de la LCT t.o., llegándose a una justa composición de la litis”. Se establece además que el incumplimiento del acuerdo será calificado como conducta temeraria y maliciosa, y la suma devengará intereses desde la mora. Se ordenan pagos en concepto de costas y honorarios, con regulación de los montos y plazos de pago. La decisión fue tomada por unanimidad, votando en igual sentido las juezas.

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