PIERONI JORGE ANDRES C/ FEDERACION PATRONAL SEGUROS S.A.U. S/ ENFERMEDAD PROFESIONAL
La Cámara de Zárate homologó un acuerdo conciliatorio en un proceso por enfermedad profesional, ordenando su efectivización y estableciendo condiciones y plazos específicos para el pago y los gastos relacionados. La decisión garantiza la adecuada ejecución del acuerdo y asegura derechos y obligaciones de las partes.
Quién demanda: Jorge Andres Pieroni
¿A quién se demanda?
Federacion Patronal Seguros S.A.U.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Homologación de acuerdo del 4-7-25 sobre reclamos y sujetos intervinientes, y orden para que la aseguradora efectúe pagos en cuenta bancaria del actor, con condiciones y plazos específicos.
¿Qué se resolvió?
Se homologó el acuerdo, estableciendo la suspensión del plazo para pago del capital hasta que el actor acredite la titularidad de la cuenta bancaria, y se ordenaron obligaciones de pago, costas y regulación de honorarios, con detalles sobre acreditaciones y pagos. Fundamentos principales de la decisión: "Con el acuerdo arribado, se ha logrado una justa composición de los derechos e intereses de las partes y no se advierte violación de derechos protegidos por el orden público por todo lo cual DEBE HOMOLOGARSE EL ACUERDO (arts. 12, 13, 15, 277 L.C.T.; art. 30 ley 15057)." "El acuerdo contempla la acreditación de la cuenta bancaria del actor antes de la ejecución del pago, garantizando transparencia y cumplimiento efectivo." "Las costas y honorarios se regulan en función de los montos y los trabajos realizados, estableciéndose obligaciones precisas para las partes." "Se ordena la suspensión del plazo para el pago del capital en tanto no se acredite la titularidad de la cuenta, protegiendo los derechos del demandante." No se registran votos disidentes.
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