LUCCI ANDREA NOEMI C/ PROVINCIA ART S.A. S/ ENFERMEDAD PROFESIONAL
La Cámara de Morón confirmó la procedencia de la demanda por enfermedad profesional y condenó a la aseguradora a pagar una indemnización de $32.809.595,40, además de intereses y daños morales, declarando la inconstitucionalidad de ciertos artículos de la ley 24.557 y decretos relacionados.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La actora, Andrea Noemí Lucci, empleada de la Clínica Gregorio Marañón, sufrió patologías en columna cervical y lumbar, así como daño psicológico, atribuibles a sus tareas laborales. La demanda fue presentada contra la ART Provincia ART S.A. y fundamentada en que las patologías derivaron de su actividad laboral en condiciones de riesgo, sin adecuada protección ni exámenes periódicos. La administración de la ART rechazó inicialmente el siniestro, argumentando la inexistencia de enfermedad profesional en el listado. Sin embargo, las pruebas médicas, incluyendo pericias físicas y psicológicas, demostraron la relación causal entre el trabajo y las lesiones, que resultaron en una incapacidad total y permanente del 33.13%. La sentencia de primera instancia valoró la evidencia, considerando que la denuncia, las pericias y los antecedentes médicos acreditaban la existencia de enfermedad profesional, y que la respuesta administrativa fue arbitraria y sesgada. Se declaró la inconstitucionalidad de leyes y decretos que limitaban o condicionaban el reconocimiento de dichas patologías, en especial el DNU 669/2019 y el artículo 7 de la ley 23.928, por no cumplir con los requisitos de excepcionalidad y necesidad. La condena incluyó el pago de una indemnización de $32.809.595,40, intereses al 3% anual, y daños morales del 20%, además de costas procesales. La resolución fue adoptada por mayoría, con votos concurrentes y disidentes respecto a ciertos aspectos técnicos del cálculo y la constitucionalidad del decreto.
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