MINNÉ FLORENCIA CATALINA C/ MONTES DE OCA GLORIA LILIANA S/ DESPIDO POR EMBARAZO
La Cámara de Morón confirmó la sentencia que condenó a Montes de Oca por despido incausado y rubros asociados, rechazando las alegaciones de inexistencia de vínculo y argumentando que la relación laboral existió y fue vulnerada al no registrarla y despedir a la trabajadora embarazada.
¿Qué se resolvió en el fallo?
- La actora, Florencia Minne, demandó a Gloria Montes de Oca por despido sin causa, reclamando indemnización, rubros adeudados, multas por registración defectuosa, indemnización por embarazo y daño moral.
- La demandada sostuvo que no existió relación laboral, que la relación fue de amistad y familiar, y que no hubo vínculo de dependencia ni trabajo en relación de dependencia. También argumentó que nunca tuvo conocimiento del embarazo ni de la relación laboral.
- La sentencia de primera instancia valoró la prueba documental y testimonial, concluyendo que existió un vínculo laboral, que fue despedida en forma indirecta por causa de su embarazo, y condenó a la demandada a pagar $ 1.046.941,00.
- La Cámara, tras analizar las pruebas y la normativa aplicable, confirmó la decisión de primera instancia, rechazando los argumentos de la demandada y declarando la inconstitucionalidad del Decreto 70/23, y ordenando el pago de la suma mencionada, con intereses y costas.
- Los fundamentos principales destacan que la relación de dependencia fue probada por los testimonios y documentos, que la relación laboral fue real y que el despido ocurrió en período de protección por embarazo, constituyendo despido indirecto. La negativa de la demandada a reconocer el vínculo y a pagar los haberes adeudados fue considerada injuriosa y violatoria de derechos laborales.
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