GASTALDI MARCELA ALEJANDRA C/ MUNICIPALIDAD DE CHACABUCO S/ PRETENSION DECLARATIVA DE CERTEZA - OTROS JUICIOS
La Cámara declaró la inconstitucionalidad del plazo de cinco años para la prescripción de multas de tránsito establecido por la ley 24.449 y declaró la prescripción de la persecución de multas por infracciones de tránsito labradas en 2018, fundamentando que las normas provinciales vulneran la competencia del Congreso Nacional y los principios constitucionales de la materia.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La actora, Gastaldi Marcela Alejandra, demanda a la Municipalidad de Chacabuco por la inconstitucionalidad del plazo de prescripción de cinco años establecido en la ley 24.449 para multas de tránsito, solicitando que se declare la prescripción de la multa de 2018 y que se reconozca su derecho a vender su vehículo y realizar trámites sin obstáculos. La Municipalidad sostiene que la multa fue debidamente notificada y que la normativa provincial no vulnera competencias nacionales, argumentando que las actas automáticas tienen plena validez y que la prescripción no ha ocurrido. La Cámara analiza la constitucionalidad del plazo y la naturaleza penal de las infracciones, concluyendo que el plazo de cinco años vulnera la competencia del Congreso Nacional, por lo cual declara su inconstitucionalidad y, en consecuencia, declara la prescripción de la multa y la persecución de la infracción, imponiendo costas a ambas partes. La sentencia fundamenta que la prescripción en materia penal, por su naturaleza, debe regirse por el plazo de dos años establecido en el Código Penal, y que la normativa provincial que fija un plazo mayor viola principios constitucionales y la jurisprudencia de la Corte Suprema.
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