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FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ PAZ MARGARITA AIDA S/ APREMIO PROVINCIAL

La sentencia confirma la ejecución fiscal por el monto de $984.468,20, ordenando el pago por parte de la ejecutada, y dispuso la constitución del domicilio en los estrados del juzgado debido al incumplimiento de la notificación.

Intereses Notificacion Incumplimiento Ejecucion fiscal Domicilio constituido Apremio provincial Orden de pago Deuda tributaria Proceso ejecutivo. Ley 10.397

¿Qué se resolvió en el fallo?

La parte ejecutada, Margarita Aida Paz, fue debidamente notificada en su domicilio fiscal constituido, sin haber opuesto excepciones dentro del plazo legal, por lo que se le dio por perdido el derecho dejado de usar. La sentencia ordena el pago de la deuda, que asciende a $984.468,20, más intereses desde la interposición de la demanda hasta el pago efectivo, conforme a lo dispuesto por los arts. 104, 168 y concordantes del Código Fiscal de la Provincia de Buenos Aires. La decisión también establece que, al no haberse cumplido con la notificación, la ejecutada se le tiene por constituido el domicilio en los estrados del juzgado, y difiere la regulación de honorarios hasta que exista una liquidación firme. La resolución confirma la ejecución fiscal y el monto reclamado, y ordena la continuación del proceso hasta su efectivo pago. Fundamentos principales: “(…) La parte ejecutada debidamente notificada en Fiscal: Calle Florencio Sanchez
- Nro. 2942
- Cp. 1625
- Loc. Escobar domicilio fiscal constituido (art. 32 del Código Fiscal de la Pcia. de Bs. As., Ley 10.397, t.o. Res. Min. Economía Pcia. Bs. As. 39/11) no ha opuesto excepciones legítimas dentro del término legal que se encuentra vencido. En consecuencia, dásele por perdido el derecho dejado de usar.” “Por ello, conforme con lo pedido; la deuda que resulta del título ejecutivo agregado en forma electrónica y lo dispuesto por los arts. 104, 168 y concs. del Código Fiscal Ley 10.397, t.o. Res. Min. Economía Pcia. Bs. As. 39/11. La sentencia ordena el pago de la suma de Pesos Novecientos Ochenta y Cuatro Mil Cuatrocientos Sesenta y Ocho con 20/100 ($984.468,20), con intereses desde la demanda hasta el pago.” “Difiérese la regulación de honorarios profesionales del Letrado hasta que exista liquidación firme. No habiendo la ejecutada dado cumplimiento a la notificación, tiénese por constituido el domicilio en los Estrados del Juzgado.”

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