RODRIGUEZ KEVIN ADRIAN C/ VAZQUEZ SILVIA SUSANA Y OTRO/A S/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)
La sentencia condena a Vazquez y a la aseguradora por daños en accidente de tránsito; la Cámara confirmó la responsabilidad, la suma indemnizatoria y aspectos procesales.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El actor Kevin Adrián Rodriguez demanda por daños y perjuicios a Silvia Susana Vazquez y a MAPFRE ARGENTINA SEGUROS S.A. por un accidente de tránsito ocurrido el 17/07/2018, reclamando $2.572.000, más intereses, costas y costas. La causa surge del relato del accidente, pericias mecánicas, informes policiales y prueba testimonial, que acreditan la responsabilidad de Vazquez en la colisión cuando giraba a la izquierda sin señalización y sin evitar el impacto. La aseguradora reconoce el contrato de seguro y la responsabilidad de Vazquez, pero plantea que la culpa fue de la víctima, y que ésta no llevaba casco. La sentencia de primera instancia atribuye la responsabilidad a Vazquez, por imprudencia y falta de dominio del rodado, y condena a pagar $18.750.000, actualizados y con intereses, por daños patrimoniales y extrapatrimoniales. La Cámara confirma la responsabilidad y la suma, desestimando la inconstitucionalidad del art. 730 del CCCN y ratificando la responsabilidad de Vazquez y la aseguradora. Se imponen costas a la demandada y se difiere la regulación de honorarios.
Fundamentos principales:
- La responsabilidad en accidentes de tránsito es objetiva según los arts. 1.757 y 1.758 del Código Civil y Comercial, por lo que Vazquez, al girar sin señalización y sin evitar el impacto, resulta responsable.
- La prueba documental, testimonial y pericial acredita la mecánica del siniestro, identificando a Vazquez como agente iniciador de la maniobra de giro y responsable del hecho.
- La responsabilidad de la aseguradora se extiende por el contrato de seguro, y el límite se fija en la suma de $18.750.000, conforme doctrina y jurisprudencia aplicable.
- La cuantificación del daño patrimonial y extrapatrimonial se realiza con fórmula matemática y criterio prudencial, considerando la incapacidad del 16.06%, daño estético, daño moral y gastos médicos, sumando en total $18.750.000.
- La inconstitucionalidad del art. 7º de la ley 23.928 (texto según Ley 25.561) se deja pendiente para su tratamiento futuro.
- Los intereses se fijan al 6% anual desde el hecho, y las costas a la parte vencida.
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