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MINISTERIO DE TRABAJO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ SERVICIOS DE MECANICA PESADA S.R.L. S/ APREMIO

La sentencia ordena el remate y pago de la ejecución contra Servicios de Mecánica Pesada S.R.L. por un monto de 992.000 pesos, más intereses y costas, debido a incumplimiento de normativa de higiene y seguridad laboral. La ejecución continúa hasta el pago íntegro, con costas a la parte vencida.

¿Qué se resolvió en el fallo?

El Ministerio de Trabajo de la Provincia de Buenos Aires demanda a Servicios de Mecánica Pesada S.R.L. en el expediente nº 40208, solicitando el cumplimiento de una resolución sancionatoria por incumplimiento en materia de higiene y seguridad del trabajo, derivada de la Resolución N°RESO-2022-2937-GDEBA-SSTAYLMTGP, que impuso una multa de 992.000 pesos. La causa se tramita en sede de ejecución de trance y remate, y con base en la falta de oposición de la parte ejecutada, el tribunal ordena la ejecución por la suma principal, intereses desde el 18 de julio de 2022, y costas a la parte vencida. La sentencia destaca que la multa responde al incumplimiento a la normativa vigente en materia de higiene y seguridad del trabajo, y que la ejecución se lleva adelante para garantizar el cumplimiento de la sanción en los términos de la ley procesal. Fundamentos principales: "Por ello, conforme a lo pedido y lo dispuesto por el art. 540, 541 Y 548 del CPCC.: FALLO: Esta causa de trance y remate, mandando llevar adelante la ejecución hasta tanto la parte ejecutada SERVICIOS DE MECANICA PESADA S.R.L. haga a la parte acreedora MINISTERIO DE TRABAJO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES íntegro pago del capital reclamado de PESOS NOVECIENTOS NOVENTA Y DOS MIL ($992.000), con más los intereses, costos y costas (art. 68 y 556 del CPCC), provenientes de la Resolución N°RESO-2022-2937-GDEBA-SSTAYLMTGP, adjunta a la presentación electrónica de fecha 17/12/2023, en concepto de multa por incumplimiento a la normativa vigente en materia de higiene y seguridad del trabajo emitida en fecha 18 de Julio de 2022." "Al importe de ésta condenación se le adicionará un interés que se calculará desde el día 18/7/2022 hasta el efectivo pago; conforme a la tasa que perciba el Banco de la Provincia de Buenos Aires, en sus operaciones a treinta días para el tipo de moneda convenida (doct. y arg. arts. 767, 768, 769 y ccs. del Digesto Civil y Comercial de la Nación)." "Costas a la parte ejecutada al resultar vencida (

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