COSTANZO SILVIA VANESA C/ EL FILANTROPO S.A. S/ DESPIDO
La sentencia confirma la declaración de relación laboral, la nulidad del art. 132 bis de la ley 20.744 y del art. 7° de la Ley 23.928, y condena a la empleadora a pagar diversas indemnizaciones, multas y a actualizar capital e intereses en función de la declaración de inconstitucionalidad de ciertas normas.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La sentencia reconoce la existencia de relación laboral entre Silvia Vanesa Costanzo y "El Filántropo S.A." desde el 01/12/2012, con tareas de Guardavida en un contrato de temporada. Se prueba que la registración fue posdatada en un mes y que la actora trabajó en condiciones de horas extras, con pago irregular y retención no depositada de aportes sociales, situación que llevó a declarar la nulidad del art. 132 bis de la ley 20.744 y del art. 7° de la Ley 23.928, por inconstitucionalidad. La condena incluye pago de haberes, horas extras, indemnizaciones, multas, daños y perjuicios, y actualización monetaria con RIPTE, además de sanciones por incumplimiento de aportes sociales. La sentencia destaca que la conducta del empleador vulneró derechos constitucionales y normativos, y que las normas impugnadas resultan irrazonables y desproporcionadas, por lo que fueron declaradas inconstitucionales. Se ordena el pago de una suma total de $39.212.323,74, con actualización y intereses, y sanciones por incumplimiento. La condena también impone costas y regula honorarios profesionales.
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