BORBOLLA ANDRES DARIO C/ AUTOSEGURO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES (FISCALIA DE ESTADO) S/FIJACION DE HONORARIOS EXTRAJUDICIALES
La sentencia regula los honorarios profesionales del abogado en el expediente administrativo por su actuación ante la Comisión Médica, confirmando la procedencia y fijando el monto correspondiente, en línea con la normativa aplicable.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El Dr. Borbolla demanda la regulación de honorarios por su actuación como abogado del Sr. Ramírez en el expediente ante la Comisión Médica N° 14 de Junín, en un proceso administrativo derivado de un accidente laboral. La sentencia analiza la normativa aplicable, incluyendo la Ley 14.967, la Ley 27.348 y la Resolución 298/17 de la SRT, concluyendo que la actuación del letrado fue oficiosa y debe regularse en los términos previstos por dichas normas. La Cámara establece que los honorarios corresponden al 10% del monto total conciliado de $41.495.362,19, equivalentes a 117.84 jus, y además regula honorarios por las tareas en el proceso judicial, en 7 jus arancelarios. La sentencia también señala que la actuación fue reconocida de oficio y que la regulación debe ajustarse a la escala máxima arancelaria, con costas a cargo de la demandada y la obligación de la parte actora de cumplir con las disposiciones legales en el cobro de honorarios. La resolución se basa en el marco normativo que regula la intervención de abogados en procedimientos administrativos ante comisiones médicas en materia de riesgos del trabajo.
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