VENEGONI ADRIÁN JAVIER C/ SANTISTEBAN MARÍA PAULA S/ DIVISION DE CONDOMINIO
Decisión judicial que confirma la sentencia de primera instancia que dispuso la división del condominio, la restitución de sumas abonadas, el establecimiento de cánones locativos, rechazando la reconvención por simulación y enriquecimiento ilícito. La Cámara consideró fundada la valoración probatoria y los argumentos de fondo, confirmando la distribución proporcional del inmueble y las compensaciones ordenadas.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El actor, Adrián Venegoni, demandó a María Santisteban por división de condominio, reconocimiento y compensación por deudas abonadas, además de fijar un canon locativo. Argumentó que adquirieron en conjunto un inmueble en Mercedes, aportando diferentes sumas y pagando cuotas del préstamo hipotecario, y solicitó la venta del bien para división y pago de su crédito. La demandada, en su contestación, aceptó la división en partes proporcionales, pero alegó que su aporte fue mayor y que la adquisición no fue en partes iguales, además de reconvenir por simulación y enriquecimiento sin causa, cuestionando la veracidad del porcentaje de participación y del precio declarado. La sentencia de primera instancia dispuso la división del condominio en proporciones correspondientes a los aportes, ordenó la devolución de sumas abonadas desde la separación, estableció cánones locativos, rechazó la reconvención por simulación y enriquecimiento ilícito, y ordenó costas. La Cámara confirmó dicha decisión, considerando que la prueba y la valoración de las declaraciones y documentación respaldaban los porcentajes y la distribución del inmueble, rechazando las excepciones y reconvenciones. Fundamentos principales: "El análisis de la prueba aportada, incluyendo la escritura pública, los informes bancarios, las declaraciones testimoniales y las constancias documentales, revela que las partes adquirieron en conjunto y en proporciones distintas al 50%. La prueba documental, en particular la escritura de compraventa y las constancias del banco, acreditan que la participación de la demandada fue del 70%, y la del actor del 30%. La declaración de la martillera, si bien cuestionada, no resulta suficiente para desvirtuar los registros públicos y la documentación fehaciente que evidencian la proporción de la adquisición." "Respecto a la acción de simulación, la parte reconviniente no logró probar la causa simulandi ni presentar contradocumento que acredite la falsedad del acto. La relación de convivencia y los movimientos bancarios no justifican la nulidad del acto ni la declaración de simulación, y en consecuencia, la pretensión de nulidad parcial se rechaza." "En cuanto al enriquecimiento sin causa, la prueba no fue suficiente para acreditar que la parte actora se hubiera enriquecido indebidamente, ya que las sumas aportadas y las operaciones bancarias justifican la adquisición en conjunto." "El establecimiento del canon locativo desde la notificación de la demanda se ajusta a lo normado, y su cuantía se determina según la per
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