CARAFFINI JORGE ARNALDO C/ SUBINQUILINOS Y OCUPANTES CALLE 140 N°1665 DE LA LOCALIDAD Y PART . Y OTRO/A S/ DESALOJO ANTICIPADO
La Cámara declara la extinción del proceso por abandono del inmueble y ordena el pago de tasas y costas, además de regular honorarios, en virtud de la constatación de que el inmueble se encuentra deshabitado y que no se cumplió con la gestión de litigar sin gastos.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El actor, Jorge Arnaldo Caraffini, promovió un proceso de desalojo contra los subinquilinos y ocupantes del inmueble ubicado en calle 140 N°1665, Quilmes. La Cámara constató mediante informe que el inmueble se encuentra deshabitado, por lo que el proceso quedó extinguido, agotándose así el objeto de la acción. Además, se verificó que no se realizó la gestión del beneficio de litigar sin gastos, por lo que se liquida y ordena el pago de la tasa de justicia y su contribución, por un monto de $250.800,00 y $25.080,00, respectivamente, intimando a la parte actora a efectuar el pago en 5 días. La sentencia también impone las costas en el orden del proceso y regula los honorarios del abogado. Se deja constancia que los honorarios no incluyen IVA y que su pago debe realizarse dentro de los 10 días de quedar firme la regulación. La resolución concluye que el proceso se declara abstracto por abandono y ordena las medidas correspondientes para el cumplimiento de las obligaciones procesales y fiscales.
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