CATUZZO EZEQUIEL C/ CORNACHIONE MARIA PAOLA S/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)
La demanda de indemnización por daños en accidente de tránsito fue rechazada. La Justicia consideró que la responsabilidad del siniestro recayó en el actor por culpa exclusiva, y confirmó la absolución de la demandada.
Quién demanda: Ezequiel Catuzzo.
¿A quién se demanda?
María Paola Cornachione.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
indemnización de $1.439.920,82 por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito ocurrido el 5 de enero de 2023.
¿Qué se resolvió?
Se rechazó la demanda por considerar que la culpa del evento fue exclusiva del actor, por imprudente y con conducta culposa, y que la conductora del vehículo no incurrió en responsabilidad. Fundamentos principales de la decisión: "El análisis conjunto de las pruebas, incluyendo informes periciales y las declaraciones, demuestra que la conductora gozaba en ese momento de prioridad de paso, y que el actor, al interponer su bicicleta en la trayectoria del vehículo sin respetar las reglas de tránsito, actuó con imprudencia. La prueba mecánica y las cámaras de monitoreo corroboran que la conductora no violó norma alguna, y que la culpa fue del actor, quien se interpuso intempestivamente en la vía del automotor." "De acuerdo con la normativa vigente (art. 41 Ley 24.449 y legislación aplicable), la prioridad en la bocacalle era del vehículo, y la conducta del ciclista fue imprudente, por lo que se concluye que la responsabilidad del daño recae en el actor, eximiendo a la demandada." "Por ello, la responsabilidad civil objetiva no se configura en el presente, y la culpa exclusiva del actor lleva a la declaración de rechazo de la demanda."
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