AQUILON AZIMUT S.A. C/ CAVALIERI ANABELA VERONICA Y OTRO/A S/ DIVISION DE CONDOMINIO
Se ordena la división del condominio en el inmueble de Washington 772/774 de Beccar, tras reconocer la existencia del condominio y aceptar la pretensión del actor. La sentencia dispone que la división será regulada en la ejecución y las costas en orden causado.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La demanda fue promovida por Aquilón Azimut S.A. contra Edgardo Darío Calderón y Anabela Verónica Cavalieri solicitando la división del condominio sobre un inmueble en Beccar, San Isidro. La parte actora afirma ser titular de 3/4 partes del bien, mientras que los demandados poseen 1/8 cada uno. La sentencia reconoce la existencia del condominio, admitida por ambas partes, y ordena la división del inmueble, dejando la regulación de la forma de división para la etapa de ejecución. La resolución también impone las costas en el orden causado. La jueza señala que, dado el acuerdo sobre la existencia del condominio, la pretensión debe ser favorable, y que la forma de división será establecida en la etapa de ejecución, conforme a los artículos 674 y siguientes del C.P.C. Además, se declara consentida la cuestión como puro derecho, y se ordena la fijación de una audiencia para definir la forma concreta de división. La nulidad de la mediación previa fue desestimada, y las costas se imponen en el orden causado, considerando las particularidades del proceso y las posiciones de las partes. La sentencia es clara en que la pretensión del actor fue admitida, y la división debe realizarse, con las costas a cargo de las partes en el orden en que se presentaron.
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