CREDIL SRL C/ MARTINEZ MARÍA DEL JESUS S/ COBRO EJECUTIVO
La Cámara de Primera Instancia en lo Civil de La Plata confirmó la sentencia que ordena a la demandada pagar el capital y los intereses en un proceso de cobro ejecutivo por pagaré, ajustándose a las normas de protección del consumidor y la ley de créditos al consumo.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La parte actora, CREDIL SRL, demanda a María del Jesús Martínez por el cobro de un crédito representado en pagaré, en base a documentación que cumple con los requisitos del art. 36 ley 24.240, acreditando los montos y cuotas correspondientes. La sentencia reconoce la naturaleza de la operación como crédito de consumo, aplicando las normas protectorias del consumidor y ajustando los intereses a las tasas del Banco de la Provincia de Buenos Aires, en línea con la normativa de protección del consumidor y la ley de créditos al consumo. La jueza consideró que la documentación aportada cumple con los requisitos legales y que la deuda asciende a $395.555,60, más intereses compensatorios y punitorios, y dispuso la ejecución de la misma. La sentencia también regula los gastos y descarta la indexación por desvalorización monetaria, en línea con la ley 23.928 y la ley 25.561, por ser prohibidas. La decisión se fundamenta en la necesidad de tutelar los derechos del consumidor, garantizando la claridad en la información y la validez del contrato en el marco del sistema de títulos de crédito. La sentencia también dispuso el diferimiento en la regulación de honorarios y ordenó la notificación y agregación de la documentación original.
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