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DORREGO MARTIN RAMON C/ PROVINCIA DE BUENOS AIRES S/ PRETENSION RESTABLECIMIENTO O RECONOC. DE DERECHOS - EMPL.PUBLICO

La sentencia reconoce el derecho de Dorrego al cobro de indemnización por licencias anuales no gozadas, confirmando la procedencia del reclamo y ordenando su pago con actualización e intereses. La Cámara confirma la decisión y la fundamentación de la sentencia de primera instancia.

Recurso de apelacion Derecho administrativo Sentencia confirmada Normativa vigente Ley 13.982 Indemnizacion por licencias no gozadas Acumulacion de licencias Emergencia en seguridad Interes y actualizacion Derecho del trabajador.

¿Qué se resolvió en el fallo?

La demanda fue promovida por Martín Ramón Dorrego contra la Provincia de Buenos Aires para que se reconozca su derecho al cobro de indemnización por licencias anuales no usufructuadas, prevista en la Ley 13.982. El actor argumenta que, por razones de servicio, sus superiores le impidieron gozar de sus licencias en forma efectiva, acumulando días pendientes al momento del cese. La Administración pagó parcialmente, pero el actor sostiene que debe abonarse la totalidad de los días pendientes, considerando que la normativa vigente y la jurisprudencia aplicable permiten el reconocimiento de la indemnización por los días no gozados. La Fiscalía de Estado de la Provincia sostuvo que los pagos efectuados estaban ajustados a derecho y que las prácticas de acumulación de licencias eran desviadas. La sentencia de primera instancia acogió la demanda, reconociendo el derecho del actor a la indemnización por 100 días de licencia no gozados, actualizando el monto y fijando intereses. La Fiscalía de Estado apeló, pero la Cámara de Apelaciones confirmó la decisión, validando los fundamentos y la cuantificación del crédito. La Corte de Apelaciones sostuvo que la normativa vigente, especialmente tras la entrada en vigencia del Decreto 387/23, limita la acumulación y el pago de indemnización a los días correspondientes al período previo al año del cese y la parte proporcional, pero en este caso, el cese ocurrió en 2024 y la normativa aplicable permite reconocer la totalidad de los días pendientes, en tanto la Administración no acreditó que la acumulación y suspensión del goce respondan a prácticas desviadas o ilegales. Además, se confirmó el cálculo actualizado del monto y los intereses, y la condena a la Provincia de Buenos Aires a pagar en el plazo establecido. La fundamentación se basa en la interpretación de la normativa aplicable, la existencia de actuaciones administrativas que respaldan el saldo de días pendientes, y la inaplicabilidad de la prescripción en el caso.

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