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CAMPOS CISTERNAS, JOSE OMAR c/ ANSES s/IMPUGNACION de ACTO ADMINISTRATIVO

La parte actora impugnó una sentencia que rechazó parcialmente su demanda contra la ANSES. La Cámara Federal modificó la sentencia y ordenó a la ANSES integrar el haber previsional del actor con la diferencia de movilidad no percibida, declaró inconstitucional la fórmula de movilidad de la ley 27.609 a partir de 2022 y estableció un nuevo mecanismo de actualización.

Inconstitucionalidad Indice de precios al consumidor Perdida de poder adquisitivo Reajuste de haberes Indice ripte Movilidad previsional

Impugnación de acto administrativo

¿Qué se resolvió?

La Cámara modificó la sentencia de primera instancia, ordenó a la ANSES integrar el haber de diciembre 2020 con el porcentaje de incremento que el actor dejó de percibir, declaró inconstitucional la fórmula de movilidad de la ley 27.609 a partir de 2022 y estableció un nuevo mecanismo de actualización trimestral en base al 50% IPC y 50% RIPTE. La Cámara analizó la evolución de la normativa sobre movilidad previsional y consideró que la fórmula de la ley 27.609 generó una depreciación acumulada en los haberes que violaba la garantía constitucional de movilidad. Por ello, fijó un nuevo mecanismo de ajuste para compensar la pérdida de poder adquisitivo.

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