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PATRIGNANI, HECTOR JOSE c/ ANSES s/IMPUGNACION de ACTO ADMINISTRATIVO

El actor cuestionó la aplicación de la movilidad prevista en la ley 27.609. La Cámara Federal declaró inconstitucional dicha norma y ordenó la actualización de los haberes conforme a una fórmula compuesta por el IPC y el RIPTE.

Inconstitucionalidad Ipc Perdida de poder adquisitivo Actualizacion de haberes Ripte Movilidad previsional

Impugnación de acto administrativo relacionado con la movilidad de su haber previsional

¿Qué se resolvió?

La Cámara declaró inconstitucional el art. 1 de la ley 27.609 a partir de 2022 y ordenó la actualización trimestral de los haberes conforme a una fórmula combinada de IPC (50%) y RIPTE (50%).

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- La Corte Suprema ha reconocido que la movilidad previsional es una garantía constitucional que requiere reglamentación legislativa, pero ésta no puede conducir a reducciones confiscatorias de los haberes.
- Bajo la vigencia de la ley 27.609, se generó un apartamiento progresivo entre la movilidad aplicada y los indicadores inflacionarios y salariales, lo que implicó una importante pérdida del poder adquisitivo de los jubilados.
- En este marco, la fórmula prevista en la ley 27.609 resulta inconstitucional por no guardar la debida razonabilidad y proporcionalidad con los cambios que afectan al estándar de vida que se pretende resguardar.

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