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NANNI SILVINA ANDREA S/ SEGUNDO TESTIMONIO

La sentencia ordena la expedición de un segundo testimonio de la escritura traslativa de dominio de un inmueble de propiedad de la actora, tras comprobar su solicitud y la documentación acompañada. La decisión se fundamenta en la pérdida del título original y en la conformidad del Ministerio Público Fiscal, autorizando además la inscripción en el Registro de la Propiedad Inmueble.

Propiedad inmueble Derecho de dominio Poder judicial Documentacion probatoria Registro de la propiedad inmueble Escritura traslativa de dominio Expedicion de segundo testimonio Extravio de titulo Inscripcion en el registro de la propiedad Articulo 816 del cpc

¿Qué se resolvió en el fallo?

La parte actora, Silvina Andrea Nanni, solicitó mediante escrito del 29/5/2025 la expedición de un segundo testimonio de la escritura traslativa de dominio de un inmueble ubicado en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, debido a que el título original se encuentra extraviado. La actora acompañó informe de dominio expedido por el Registro de la Propiedad Inmueble de la Capital Federal, fechado el 22/04/2025, y un convenio de adjudicación de bienes por disolución de sociedad conyugal que acredita la cesión del 50% del inmueble por parte de su condómino, Aldo H. Francione. La solicitud fue avalada por el dictamen del Ministerio Público Fiscal, y el juez consideró procedente la expedición del segundo testimonio conforme al art. 816 del Código Procesal. La sentencia dispone además la inscripción del segundo testimonio en el Registro de la Propiedad y establece que las costas son a cargo de la actora, difiriendo la regulación de honorarios para una oportunidad posterior. Fundamentos principales: El tribunal consideró que, dada la documentación acompañada, en particular el informe de dominio y el convenio de cesión, no era necesaria la citación prevista en el art. 816 del C.P.C.C. para proceder a la expedición del segundo testimonio, en virtud de que la actora acreditó la pérdida del título original y el derecho a obtener copia. La aprobación del Ministerio Público Fiscal también respaldó la procedencia de la medida. El juez resaltó que la solicitud cumple con los requisitos legales para la expedición del segundo testimonio, y que la práctica de expedirlo y registrar la inscripción en el Registro de la Propiedad resultan procedentes y ajustadas a derecho.

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