NORTHLANDS ASOCIACION CIVIL DE BENEFICIENCIAC/ STORTINI VICTOR HUGO Y OTRO/A S/COBRO ORDINARIO DE SUMAS DE DINERO
La Cámara Civil de San Isidro confirmó la sentencia que condenó a Stortini y Bessi al pago de $12.131,10 por lack de pago de cuotas educativas, considerando la prueba pericial contable y la rebeldía del demandado. La decisión se basa en la inexistencia de prueba en contra y la validez de la documentación presentada.
- Quién demanda: Northlands Asociación Civil de Beneficencia
¿A quién se demanda?
Víctor Hugo Stortini y Marcela Bessi
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Cobro de $12.131,10 por falta de pago de cuotas del servicio educativo contratado, más intereses y costas
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar a la demanda y se condenó a los demandados al pago de la suma reclamada, con intereses desde la fecha de mora y costas a cargo de la parte vencida
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La prueba pericial contable, que no fue impugnada, acreditó la deuda en $12.131,10, correspondiendo con las facturas y documentación respaldatoria. La demandada no presentó prueba en su favor respecto de la existencia de la deuda, y su rebeldía procesal fue declarada por su incomparecencia y falta de prueba. La sentencia se fundamenta en la suficiencia de la prueba pericial y en la ausencia de prueba en contra, consolidando la validez de la deuda reclamada. La autoridad judicial señaló que "las pruebas periciales caligráfica e informativa fueron declaradas negligentes en su producción", pero la prueba pericial contable fue suficiente y no impugnada, por lo que se valoró en el fallo. La condena incluye intereses desde la fecha de mora y costas a la parte vencida.
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