SENDRA ARQUE CARMEN S/ INFORMACION SUMARIA CON EXPEDIENTE
La sentencia rectifica la partida de defunción de Carmen Sendra Arque, estableciendo su nacionalidad española y detalles registrales, y regula los honorarios del letrado. La decisión se basa en la documentación y testimoniales presentadas, rectificando datos registrales y estableciendo honorarios profesionales.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La resolución fue dictada en autos Sendra Arque Carmen c/ información sumaria, expediente MO-43784-2023-JMT/YL, por la jueza Debora Elena Lelkes. La magistrada ordena rectificar la partida de defunción de Carmen Sendra Arque, aclarando que era de nacionalidad española y fallecida a los 92 años en Morón, con domicilio en Villa Sarmiento. La decisión se fundamenta en las constancias probatorias, incluyendo declaraciones testimoniales y documentación del Registro Provincial de las Personas, así como el análisis de la prueba y la normativa aplicable. La jueza destaca que "corresponde RECTIFICAR la partida de defunción... en el sentido que CARMEN SENDRA ARQUE era de nacionalidad Española." Además, regula los honorarios del letrado en 7 JUS, con la adicional del 10% y el IVA si correspondiere, conforme a la ley 14.967. La resolución se fundamenta en la valoración de la prueba y en la normativa de honorarios, considerando la labor del profesional y las disposiciones legales pertinentes. La sentencia finaliza indicando que "previo cumplimiento con lo dispuesto por el art. 21 de la ley 6.716, líbrese los instrumentos de estilo."
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