GALLO ROBERTO JOSE S/ SUCESION AB-INTESTATO
Se declara la sucesión ab intestato de Roberto José Gallo, fallecido el 10 de junio de 2023, en virtud de la cual sus herederos son sus hijos y su cónyuge. La sentencia confirma la existencia de la sucesión y la calidad de herederos, tras cumplimiento de los recaudos legales y publicación del edicto.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El actor, representado por la Dra. Candela Grassi, promovió juicio sucesorio ab intestato de Roberto José Gallo, quien falleció el 10 de junio de 2023 en Las Flores, con domicilio en General Alvear. Se acreditaron el deceso, el matrimonio con Nélida Zulema Comas, y el nacimiento de los hijos del causante, mediante documentación probatoria. El tribunal, tras analizar la documentación, publicó edictos y realizó publicidad en redes sociales, vencido el plazo sin que se presentaran terceros con derechos. Se instruyó a los registros correspondientes y se omitió vista al Ministerio Público Fiscal, conforme a normativa interna. Finalmente, se declaró que los herederos son: Gabriela Inés Gallo, Sandra Elisabet Gallo, Mariano Sebastián Gallo, Martín Lisardo Gallo, y Nélida Zulema Comas, en cuanto a los bienes propios y derechos sobre los gananciales, si los hubiere, sin perjuicio de otros derechos legales. La sentencia ordena registrar la declaración y notificar a los interesados. Fundamentos principales: "Que con los ejemplares y recibos agregados a la causa, se acredita haber efectuado la publicación de edictos ordenada en autos, según lo previsto por el art. 734 inciso 2do. del C.P.C." "Que el plazo resultante de tal publicación se encuentra vencido, según lo certificara el Actuario." "Que también se ha realizado la publicidad edictal en las redes sociales oficiales del órgano jurisdiccional." "Que no existen terceros que hayan comparecido ni derechos que alegar." "Por ello, de conformidad con lo pedido y lo dispuesto en los arts. 2424, 2426 y 2433 del Código Civil; art. 7 del C.P.C. y arts. 735, 737 y concordantes del C.P.C., declaro en cuanto ha lugar por derecho y sin perjuicio del derecho de terceros..." "Se reconoce la existencia y calidad de herederos de Roberto José Gallo en los términos del artículo 2433 del Código Civil, en función de la documentación presentada y las publicaciones realizadas." Disidencias o votos particulares: No se mencion
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