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ARRIOLA, JUAN CARLOS c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

El actor promovió demanda por reajustes varios. La Cámara Federal de Bahía Blanca declaró la inconstitucionalidad de la fórmula de movilidad previsional prevista en la ley 27.609 a partir de 2022 y ordenó una actualización trimestral de los haberes con un índice combinado de IPC y RIPTE.

Movilidad previsional Reajustes jubilatorios Inconstitucionalidad Ley 27.609 Ipc Ripte Garantia constitucional.

Reajustes varios del beneficio previsional
- Decisión: La Cámara modificó la sentencia de primera instancia y declaró la inconstitucionalidad de la fórmula de movilidad previsional de la ley 27.609 a partir de 2022, ordenando una actualización trimestral de los haberes con un índice combinado de 50% IPC y 50% RIPTE. Fundamentos principales:
- La Corte Suprema ha sostenido que la movilidad previsional es una garantía constitucional que requiere del dictado de normas por el Legislador, quien tiene la facultad de fijar sus alcances y modalidades.
- Si bien el Legislador tiene amplias facultades para reglamentar la movilidad, las modificaciones no pueden conducir a reducciones confiscatorias de los haberes.
- La fórmula de la ley 27.609 generó una depreciación acumulada de los haberes de entre 33,70% y 49% respecto a la inflación y salarios, lo que vulnera la garantía de movilidad y derechos previsionales.
- Corresponde entonces declarar la inconstitucionalidad de dicha fórmula y ordenar una actualización trimestral con un índice combinado de IPC y RIPTE, a fin de preservar el poder adquisitivo de los beneficios.

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