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GALEANO CARLOS ALBERTO Y OTROS C/ MICRO OMNIBUS PRIMERA JUNTA SA LINEA 324 Y OTRO/A S/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)

La juez dispuso la acumulación de causas por conexidad en un proceso de daños y perjuicios por accidente de tránsito y ordenó su remisión al mismo juzgado, debido al avance del expediente vinculado. La decisión se fundamenta en la existencia de conexidad entre los expedientes y la conveniencia de unificación procesal.

Acumulacion de procesos Conexidad Danos y perjuicios Accidente de transito Remision Competencia Proceso civil Jurisdiccion Articulo 188 cpcc Remision de expedientes.

La sentencia analiza la situación de conexidad entre dos procesos que tienen su raíz en un mismo accidente de tránsito, uno promovido por García Cintia Alejandra y otro por Galeano Carlos Alberto y otros. La resolución indica que "existe conexidad entre ambos procesos, toda vez que tienen su génesis en torno al mismo accidente de tránsito", y que "las condiciones de procedencia que edicta el art. 188 del CPCC" están reunidas para la acumulación. La jueza resuelve que "disponer la acumulación de las presentes actuaciones con las caratuladas GARCIA CINTIA ALEJANDRA C/ JUAREZ LUCAS MAXIMILIANO y otros S/ DAÑOS Y PERJUCIOS" y "proceder a la remisión de ambas al Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nro. 8 de Quilmes, habida cuenta el grado de avance de la última referida." La resolución se fundamenta en la conveniencia procesal y en la normativa del Código Procesal Civil y Comercial, sin costas por no mediar oposición y con la instrucción de registrar y notificar en consecuencia. La decisión refleja la intención de unificar los procesos conexos para facilitar su trámite y resolución.

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