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VERA JOSE DANIEL S/ SUCESION AB-INTESTATO

Se regula la inscripción de la Declaratoria de Herederos y honorarios profesionales en un proceso de sucesión. La Cámara dictó la regulación de honorarios y ordenó la inscripción registral, confirmando la tarea del letrado y el valor base de la tasación del bien.

Regulacion de honorarios Sucesion hereditaria Inscripcion de declaratoria de herederos Ley 14.967 Ley 6716 Bienes muebles Tasacion Certificacion registral Notificacion electronica Buenos aires

El presente expediente tramita la inscripción de la Declaratoria de Herederos y la regulación de honorarios en el marco de una sucesión. La jueza Laura Elizabeth Mato homologó la documentación presentada, ordenó la inscripción de la Declaratoria de Herederos respecto del 100% del bien rodado con certificado de dominio MEE848, y reguló los honorarios profesionales de la Dra. Jessica Julieta Izarriaga en base a la tasación de $8.900.000, correspondiente al 100% del valor del bien. La regulación de honorarios se realizó en cumplimiento con las normativas de la Ley 14.967 y la Ley 6716, considerando las tareas desarrolladas en las tres etapas del proceso y la importancia del trabajo. La providencia establece que los honorarios deberán ser abonados en un plazo de diez días hábiles tras quedar firme la regulación, y se ordena la notificación a las partes y el cumplimiento del pago del impuesto a la transmisión gratuita de bienes. La decisión se fundamenta en la necesidad de regular los honorarios en función de la valoración aportada y de asegurar la correcta inscripción registral del bien, con la finalidad de dar cumplimiento a la normativa vigente y garantizar la correcta gestión del proceso sucesorio.

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