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CELIZ JUAN Y OTRO/A S/ SUCESION AB-INTESTATO

Se ordena la inscripción de la Declaratoria de Herederos y la regulación de honorarios en un proceso de sucesión. La decisión incluye la regulación de honorarios en el mínimo legal y la expedición de instrumentos en los términos de la normativa vigente, con fundamentación en la ley 14.967 y resoluciones de la SCBA.

Procedimiento de sucesion Declaratoria de herederos Inscripcion registral Regulacion de honorarios Ley 14.967 Honorarios minimos Documentacion de propiedad Cumplimiento fiscal Notificacion electronica Normativa scba

La jueza Laura Elizabeth Mato dispuso la inscripción de la Declaratoria de Herederos correspondiente a la sucesión del inmueble ubicado en La Matanza, con referencia a la documentación presentada y los antecedentes dominiales. Además, reguló los honorarios del profesional interviniente en el mínimo de la escala legal, considerando las tareas desarrolladas en las tres etapas del proceso, todas a cargo de la masa hereditaria. La resolución también ordenó el cumplimiento de requisitos fiscales, la presentación del título de propiedad y la acreditación del pago del impuesto a la transmisión gratuita de bienes, además de las notificaciones electrónicas correspondientes. La fundamentación se basa en la normativa procesal civil y en la ley 14.967, destacando que la regulación de honorarios y la inscripción registral deben cumplir con las disposiciones de la SCBA y los instrumentos legales pertinentes. Se señala que las providencias reguladoras de honorarios deben ser notificadas personalmente o por medios fehacientes, y que los honorarios deben abonarse en los plazos establecidos. La decisión no contiene votos disidentes ni análisis en disidencia.

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