BARRERA JULIO ALBERTO C/ PROVINCIA ART S.A. S/ MATERIA A CATEGORIZAR
La Suprema Corte de Buenos Aires confirma la decisión del tribunal de trabajo de Junín que condenó a Provincia ART S.A. a pagar una prestación dineraria por accidente de trabajo, rechazando los agravios del actor sobre constitucionalidad y cálculo de la indemnización, basándose en la jurisprudencia legal vigente y principios constitucionales.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El Tribunal de Trabajo de Junín hizo lugar a la demanda por accidente laboral de Julio Alberto Barrera, condenando a Provincia ART S.A. a abonar una prestación dineraria establecida en la ley 24.557, específicamente en su art. 14 inc. 2 apartado "a". La sentencia consideró que el accidente ocurrió el 6 de mayo de 2006 y que la normativa aplicable era la ley 24.557 en su versión original, rechazando el planteo de inconstitucionalidad del art. 12 de dicha ley, basado en precedentes de doctrina legal y jurisprudencia constitucional. Se calculó la indemnización en $1.532,48, con intereses desde la fecha del accidente, aplicando la tasa pasiva del Banco de la Provincia de Buenos Aires. La parte actora interpuso recurso extraordinario por supuesta violación de derechos constitucionales y principios internacionales, cuestionando además la constitucionalidad del art. 12 de la ley 24.557 en su cálculo del ingreso base mensual y la actualización monetaria. La Corte Suprema provincial, tras analizar los agravios, concluyó que estos eran insuficientes, reiterando la doctrina legal y constitucional que sostiene que las indemnizaciones laborales deben ajustarse a las normas vigentes en el momento del siniestro. Se desestimaron los planteos relacionados con la inconstitucionalidad y la improcedencia de la revisión de los agravios por la vía del recurso extraordinario. Por ello, se confirma la sentencia de grado y se rechaza el recurso con costas.
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