P., A.R. c/ PAMI -INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS (INSSJP) s/AMPARO LEY 16.986
El actor promovió acción de amparo para obtener la afiliación de su hija con discapacidad al INSSJP-PAMI. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal confirmó la decisión que ordenó al INSSJP-PAMI afiliar a la hija del actor.
- Actor: E.P.V., en su carácter de afiliado titular y como persona de apoyo de su hija A.R.P.
- Demandado: INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS (INSSJP)
- Objeto: Lograr la afiliación de A.R.P. como familiar con discapacidad a cargo/afiliado adherente del INSSJP-PAMI.
- Decisión: La Cámara confirmó la sentencia que hizo lugar a la acción de amparo y ordenó al INSSJP-PAMI afiliar a A.R.P.
- Fundamentos:
- La Ley 19032 y la Resolución 1100/2006 contemplan la posibilidad de incorporar como afiliados a los integrantes del grupo familiar primario, incluyendo a hijos incapacitados.
- La afiliación al Programa Federal de Salud (PROFE) no es obligatoria, sino una opción para las personas con discapacidad.
- La restricción del art. 10 de la Resolución 1100/2006 que impide la afiliación al INSSJP-PAMI si no se renuncia a la pensión no contributiva, es irrazonable e inconstitucional según doctrina de la CSJN.
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