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DIAZ, RICARDO ARIEL c/ CONSULTORA VIDECO S.A. Y OTRO s/DESPIDO

El actor promovió demanda por despido indirecto. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó parcialmente la sentencia y ordenó actualizar el capital nominal de condena con el índice de precios al consumidor (IPC) más una tasa de interés pura del 3% anual.

Despido indirecto Actualizacion de creditos laborales Indice ipc Tasa de interes Inconstitucionalidad Ley 23.928.

Despido indirecto
- Decisión: La Cámara modificó parcialmente la sentencia de primera instancia. Admitió el despido indirecto y ordenó actualizar el capital de condena con el IPC más una tasa de interés del 3% anual. Los principales fundamentos fueron:
- La demandada no acreditó fehacientemente la existencia de un acto extintivo, por lo que resultaba aplicable la presunción del art. 57 LCT.
- Respecto a la actualización, se declaró inconstitucional la prohibición de indexación del art. 7 ley 23.928, por generar una intolerable erosión de los créditos laborales.
- Se fijó como parámetro de actualización el IPC y una tasa de interés del 3% anual, para evitar resultados desproporcionados.

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