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ORELLANA, MARIANO SANDRO c/ FEDERACION PATRONAL SEGUROS S.A. s/RECURSO LEY 27348

El actor promovió demanda por incapacidad derivada de un accidente de trabajo. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia y fijó la incapacidad total en 6,15% de la t.o., aplicando el método de la capacidad restante.

Intereses Incapacidad Incapacidad psicologica Accidente de trabajo Inconstitucionalidad Capacidad restante

Actor: ORELLANA, MARIANO SANDRO Demandado: FEDERACION PATRONAL SEGUROS S.A. Objeto: Incapacidad derivada de accidente de trabajo Decisión: La Cámara modificó la sentencia de primera instancia, fijando la incapacidad total en 6,15% de la t.o. Aplicó el método de la capacidad restante por un siniestro previo del actor, que había generado una incapacidad del 2%.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- Respecto a la incapacidad psicológica, la Cámara consideró que no resultaba proporcional al daño físico, y la redujo al 0%.
- Aplicó el método de la capacidad restante previsto en el Decreto 659/96, dado que el actor había sufrido un siniestro previo con incapacidad del 2%.
- Declaró la inconstitucionalidad de los apartados 2° y 3° del artículo 12 de la ley 24557, y dispuso que los intereses se calculen con el CER desde la fecha del accidente.

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