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AGUILAR FLORES, ELGA MARCELINA c/ OMINT ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL

La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia de primera instancia, reduciendo el monto indemnizatorio por incapacidad psicológica al considerar que no se verificó el nexo causal entre el accidente y dicha afectación.

Accidente de trabajo Incapacidad Dano psicologico Nexo causal Intereses.


- Actor: AGUILAR FLORES, ELGA MARCELINA
- Demandado: OMINT ART S.A.
- Objeto: Reclamo por accidente de trabajo
- Decisión: La Cámara revocó la decisión de primera instancia y fijó el monto indemnizatorio por incapacidad física en el 11,20% de la t.o., descartando la incapacidad psicológica por no verificarse el nexo causal. Confirmó el cómputo de intereses desde la primera manifestación invalidante. Fundamentos principales:
- La Cámara consideró que no existe una proporcionalidad razonable entre el daño físico y el daño psicológico, por lo que descartó la incapacidad psicológica al no acreditarse que derive de la incapacidad física reconocida.
- Señaló que el nexo causal es una facultad jurisdiccional y que de la pericia médica no surge fundamento que permita atribuir al hecho lesivo la reacción psicológica indicada.
- Confirmó el cómputo de intereses desde la primera manifestación invalidante, al no haber mediado agravio de la demandada sobre dicho aspecto.

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