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GONZALEZ EMILIO Y OTROS c/ SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

Los activos reclaman el pago del Suplemento por Antigüedad de Servicios en el Servicio Penitenciario Federal. La Cámara Federal de la Seguridad Social modifica la sentencia y rechaza la demanda.

Remuneracion Servicio penitenciario federal Haber de retiro Suplemento por antiguedad de servicios Modificacion normativa Proporcionalidad.

Pago del Suplemento por Antigüedad de Servicios en el monto que percibían previo al Decreto 586/2019 y Resolución 607/2019

¿Qué se resolvió?

La Cámara revoca la sentencia de primera instancia y rechaza la demanda. Fundamentos principales:
- La ley 13.018 y el Dec. Ley 23.896/56 establecen que el haber de retiro del personal del Servicio Penitenciario Federal debe ser equivalente al 82% de la remuneración que percibe el personal en actividad, garantizando la proporcionalidad.
- El Decreto 586/2019 y la Resolución 607/2019 crearon un nuevo suplemento por "Antigüedad de Servicios" del 0,5% en reemplazo del 2% anterior.
- La modificación del porcentaje del suplemento por antigüedad no implica necesariamente una disminución de haberes si se considera el aumento general de la remuneración.
- Las decisiones sobre fijación de sueldos y rubros son atribución de la Administración y no pueden ser revisadas judicialmente salvo arbitrariedad o irrazonabilidad.

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