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LORENZETTI, MARTA BEATRIZ c/ OSPE s/AMPARO LEY 16.986

La actora promovió acción de amparo contra OSPE para mantener su afiliación luego de obtener el beneficio jubilatorio. La Cámara Federal de Paraná ordenó a OSPE mantener la afiliación de la amparista y a la ANSES transferir los aportes correspondientes.

Obra social Cobertura medica Jubilado Transferencia de aportes Anses Derecho de opcion Pami.


- Actor: Marta Beatriz Lorenzetti
- Demandado: OSPE (Obra Social de Petroleros)
- Objeto: Mantener afiliación a OSPE luego de obtener beneficio jubilatorio
- Decisión: Se hace lugar parcialmente al recurso de OSPE. Se ordena a ANSES transferir aportes a OSPE, y se confirma la sentencia en lo demás. Fundamentos:
- La ley 19.032 establece que los jubilados pueden optar por mantener la obra social a la que estaban afiliados antes de obtener el beneficio. Esto se aplica independientemente de que el afiliado haya sido trabajador en relación de dependencia o monotributista.
- OSPE actuó de manera arbitraria e ilegal al dar de baja a la afiliada sin respetar su derecho de opción.
- Si bien OSPE no está inscripta en el registro de obras sociales de jubilados, corresponde ordenar a ANSES la transferencia de aportes a fin de preservar el derecho de opción de la afiliada.
- Los planes superadores contratados por la afiliada en actividad seguirán a su exclusivo cargo.

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