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LORENZETTI, MARTA BEATRIZ c/ OSPE s/AMPARO LEY 16.986

La actora promovió acción de amparo contra OSPE para mantener su afiliación luego de obtener el beneficio jubilatorio. La Cámara Federal de Paraná ordenó a OSPE mantener la afiliación de la amparista y a la ANSES transferir los aportes correspondientes.

Obra social Cobertura medica Jubilado Transferencia de aportes Anses Derecho de opcion Pami.


¿Quién es el actor?

Marta Beatriz Lorenzetti

¿A quién se demanda?

OSPE (Obra Social de Petroleros)

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Mantener afiliación a OSPE luego de obtener beneficio jubilatorio

¿Qué se resolvió?

Se hace lugar parcialmente al recurso de OSPE. Se ordena a ANSES transferir aportes a OSPE, y se confirma la sentencia en lo demás.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- La ley 19.032 establece que los jubilados pueden optar por mantener la obra social a la que estaban afiliados antes de obtener el beneficio. Esto se aplica independientemente de que el afiliado haya sido trabajador en relación de dependencia o monotributista.
- OSPE actuó de manera arbitraria e ilegal al dar de baja a la afiliada sin respetar su derecho de opción.
- Si bien OSPE no está inscripta en el registro de obras sociales de jubilados, corresponde ordenar a ANSES la transferencia de aportes a fin de preservar el derecho de opción de la afiliada.
- Los planes superadores contratados por la afiliada en actividad seguirán a su exclusivo cargo.

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