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FRANCOU, HECTOR JUAN c/ OBRA SOCIAL DE PETROLEROS s/AMPARO LEY 16.986

El jubilado monotributista demandó a su obra social para mantener su afiliación. La Cámara Federal confirmó la sentencia que ordenó a la obra social reafiliarlo y continuar con la cobertura de salud.

Obra social Jubilacion Cobertura medica Pami Monotributista Transferencia de aportes Reafiliacion


¿Quién es el actor?

Héctor Juan Francou

¿A quién se demanda?

Obra Social de Petroleros (OSPE)

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Mantener afiliación a OSPE luego de obtener beneficio jubilatorio

¿Qué se resolvió?

La Cámara Federal rechazó el recurso de apelación de OSPE y confirmó la sentencia que ordenó la reafiliación y cobertura del actor.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- El art. 42 inc. d) de la ley 24.977 no impone la afiliación obligatoria al PAMI a los monotributistas que acceden a la jubilación, sino que la vinculación con el PAMI se hace en los términos de la ley 19.032.
- La jurisprudencia reconoce el derecho del jubilado a permanecer en la obra social a la que estaba afiliado al momento de pasar a retiro.
- La baja decidida por OSPE colisiona con la potestad del jubilado de optar por permanecer en la obra social.
- Se ordenó a ANSES transferir a OSPE los montos correspondientes a la "cápita" reglamentada, pese a que OSPE no se encuentra inscripta en el Registro de Agentes del Sistema Nacional del Seguro de Salud para la Atención de Jubilados y Pensionados.

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