FRANCOU, HECTOR JUAN c/ OBRA SOCIAL DE PETROLEROS s/AMPARO LEY 16.986
El jubilado monotributista demandó a su obra social para mantener su afiliación. La Cámara Federal confirmó la sentencia que ordenó a la obra social reafiliarlo y continuar con la cobertura de salud.
- Actor: Héctor Juan Francou
- Demandado: Obra Social de Petroleros (OSPE)
- Objeto: Mantener afiliación a OSPE luego de obtener beneficio jubilatorio
- Decisión: La Cámara Federal rechazó el recurso de apelación de OSPE y confirmó la sentencia que ordenó la reafiliación y cobertura del actor.
Fundamentos:
- El art. 42 inc. d) de la ley 24.977 no impone la afiliación obligatoria al PAMI a los monotributistas que acceden a la jubilación, sino que la vinculación con el PAMI se hace en los términos de la ley 19.032.
- La jurisprudencia reconoce el derecho del jubilado a permanecer en la obra social a la que estaba afiliado al momento de pasar a retiro.
- La baja decidida por OSPE colisiona con la potestad del jubilado de optar por permanecer en la obra social.
- Se ordenó a ANSES transferir a OSPE los montos correspondientes a la "cápita" reglamentada, pese a que OSPE no se encuentra inscripta en el Registro de Agentes del Sistema Nacional del Seguro de Salud para la Atención de Jubilados y Pensionados.
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