BRAVO, GLADYS ROSA c/ ORGANIZACION DE SERVICIOS DIRECTOS EMPRESARIOS (OSDE) Y OTRO s/AMPARO LEY 16.986
La actora promovió acción de amparo para mantener su afiliación a la obra social OSDE luego de obtener el beneficio jubilatorio. La Cámara Federal confirmó la sentencia que ordenó a OSDE garantizar la continuidad de la cobertura en los mismos términos que tenía previo a la jubilación.
- Actor: Gladys Rosa Bravo
- Demandado: Organización de Servicios Directos Empresarios (OSDE) y Obra Social de Comisarios Navales (OSOCNA)
- Objeto: Mantener la afiliación a OSDE luego de obtener el beneficio jubilatorio
- Decisión: La Cámara Federal confirmó la sentencia que hizo lugar a la acción de amparo, ordenando a OSDE mantener la afiliación de la actora en los mismos términos que tenía previo a la jubilación, con la derivación de los aportes correspondientes.
Los principales fundamentos fueron:
- El derecho a la salud está íntimamente relacionado con el derecho a la vida y la autonomía personal, por lo que debe preservarse.
- La interpretación de la normativa aplicable (decretos 292/95 y 492/95) no impide que quienes ya gozaban de una cobertura puedan continuar en ella luego de obtener el beneficio jubilatorio.
- La obra social no puede negarse a mantener la afiliación cuando la beneficiaria ha manifestado expresamente su voluntad de permanecer.
- La obra social puede recibir los aportes correspondientes a través de la derivación que realice la ANSES.
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