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S., R. A. c/ OSPIA s/AMPARO LEY 16.986 -ACLARATORIA COSTAS Y HONORARIOS DE SD FERTILIDAD-

La Cámara Federal de Apelaciones revocó la sentencia de primera instancia y ordenó a la obra social brindar cobertura de un tratamiento de fertilización asistida a la actora.

Obra social Cobertura medica Amparo Fertilizacion asistida Tratamiento fiv

La actora, R.A.S., promovió una acción de amparo contra la obra social OSPIA, reclamando la cobertura de un tratamiento de fertilización asistida de alta complejidad (FIV). La Cámara Federal de Apelaciones revocó la sentencia de primera instancia y ordenó a OSPIA que brinde la cobertura solicitada, respetando los límites establecidos. Los principales fundamentos fueron: "El Tribunal en su pronunciamiento de fecha 5 de junio del corriente año decidió revocar la sentencia apelada y, en consecuencia, hacer lugar a la acción de amparo interpuesta por R. A. S. contra OSPIA. Allí se ordenó que brinde cobertura de un tratamiento de fertilización asistida de alta complejidad (FIV), con óvulos propios y semen de la pareja, con técnica de columna de anexinas y criopreservación de embriones, hasta la consecución del embarazo, respetándose el límite de cobertura de tres tratamientos por año, a realizarse en la Clínica IARA PROCREARTE, con la doctora Silvina Recalde, con el límite de valor que la obra social demandada paga a sus propios prestadores."

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