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STERZ, CARLOS REYNALDO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

El actor promovió demanda por reajustes varios de su beneficio jubilatorio. La Cámara Federal de Bahía Blanca modificó la sentencia de primera instancia y ordenó la actualización trimestral del haber aplicando un índice combinado de IPC y RIPTE.

Ipc Jubilacion Seguridad social Ripte Movilidad previsional Topes previsionales Ley 27.609 Inconstitucionalidad.

Reajustes varios del beneficio jubilatorio
- Decisión: La Cámara modificó la sentencia de primera instancia, ordenando la redeterminación del haber inicial por aportes autónomos según los precedentes "Volonté" y "Makler", declarando la inconstitucionalidad de la ley 27.609 a partir de 2022 y disponiendo la actualización trimestral del haber aplicando un índice combinado de IPC y RIPTE. Asimismo, declaró la inconstitucionalidad de los topes previsionales y del art. 82 inc. c de la ley de Impuesto a las Ganancias. Fundamentos relevantes:
- La Cámara entendió que la fórmula de movilidad prevista en la ley 27.609 generó una depreciación acumulada de los haberes previsionales que resulta confiscatoria, vulnerando la garantía constitucional de movilidad.
- Consideró que la solución más adecuada es aplicar un índice combinado de IPC y RIPTE para la actualización trimestral de los haberes.
- Declaró la inconstitucionalidad de los topes previsionales en la medida en que su aplicación importe una disminución confiscatoria del haber reajustado.
- El juez Candisano Mera emitió un voto en disidencia, entendiendo que la ley 27.609 respeta los parámetros de razonabilidad y proporcionalidad, por lo que no corresponde declararla inconstitucional.

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