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NEIRA, HECTOR FRANCISCO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

El actor promovió demanda por reajustes de su haber previsional. La Cámara Federal de Bahía Blanca modificó parcialmente la sentencia de primera instancia y declaró la inconstitucionalidad de la fórmula de movilidad establecida por la ley 27.609.

Inconstitucionalidad Ipc Seguridad social Prevision Movilidad jubilatoria Ripte Ley 27.609


- Actor: Héctor Francisco Neira
- Demandado: ANSES
- Objeto: Reajustes varios del haber previsional
- Decisión: La Cámara modificó la sentencia de primera instancia, rechazando el pedido de redeterminación del haber inicial por servicios prestados, difiriendo el tratamiento del reajuste de la PBU, desestimando los cuestionamientos a las leyes 27.426 y 27.541, pero declarando la inconstitucionalidad del art. 1 de la ley 27.609 a partir de 2022, ordenando la actualización trimestral de los haberes según una fórmula combinada de IPC e RIPTE. Fundamentos:
- La Cámara señaló que si bien la fórmula de la ley 27.609 cumplía formalmente con la garantía constitucional de movilidad, su aplicación concreta generó un desfasaje progresivo entre la movilidad aplicada y los principales indicadores de inflación y variación salarial, provocando una depreciación acumulada de entre 33,70% y 49% en el poder adquisitivo de los haberes previsionales.
- Ante este escenario, la Cámara entendió que la fórmula de la ley 27.609 vulneraba la garantía de movilidad del art. 14 bis de la CN, el derecho de propiedad (art. 17 CN) y los principios de progresividad y prohibición de regresividad, por lo que correspondía declararla inconstitucional a partir de 2022.
- En su lugar, la Cámara ordenó actualizar los haberes trimestralmente con una fórmula combinada de 50% IPC y 50% RIPTE, sin rezago, hasta 2024.

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