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BRANDANA, LUCIO HORACIO c/ ANSES s/RETIRO POR INVALIDEZ (ART 49 P.4. LEY 24,241)

El afiliado recurrió el dictamen de la Comisión Médica Central sobre grado de invalidez. La Cámara Federal de la Seguridad Social revocó el dictamen y devolvió el expediente al organismo de origen.

Incapacidad Peritaje medico Seguridad social Retiro por invalidez Reparacion administrativa


¿Quién es el actor?

BRANDANA, LUCIO HORACIO

¿A quién se demanda?

ANSES
- Objeto de la demanda: Reclamo de retiro por invalidez (art. 49 p.4 ley 24.241)
- Decisión del tribunal: La Cámara revocó el dictamen de la Comisión Médica Central que había determinado un grado de incapacidad del 68,72% y devolvió las actuaciones al organismo de origen. Fundamentos principales:
- El informe técnico del Cuerpo Médico Forense determinó que las patologías de la apelante provocan una incapacidad a los fines previsionales del 68,72% de la total obrera.
- Las objeciones de la ANSES al informe pericial no se sustentan en fundamentos científicos que permitan desvirtuar "el asesoramiento técnico de auxiliares de la justicia cuya imparcialidad y corrección están garantizadas".
- Corresponde revocar el dictamen que motivó el recurso, de acuerdo al criterio objetivo de interpretación establecido en el precedente "Sosa" de la Corte Suprema.

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