BED TIME SA c/ EN-M ECONOMIA-SUBSECRETARIA DE ACCIONES PARA LA DEFENSA DE LAS Y LOS CONSUMIDORES (EX 67652513/20 - DISP 2267/23) s/RECURSO DIRECTO DE ORGANISMO EXTERNO
La firma Bed Time SA recurrió una multa de $1.000.000 impuesta por incumplir el plazo de entrega informado a un consumidor. La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirmó la sanción, considerando que la empresa no justificó adecuadamente el atraso por la pandemia.
¿Quién es el actor?
Bed Time SA
¿A quién se demanda?
EN-M Economía-Subsecretaría de Acciones para la Defensa de las y los Consumidores
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Recurso directo contra multa de $1.000.000 por infracción a la Ley de Defensa del Consumidor por incumplir plazo de entrega
¿Qué se resolvió?
Se rechaza el recurso y se confirma la sanción.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- La empresa no rebatió que el plazo de entrega informado al consumidor podría haber sido calculado contemplando las restricciones por la pandemia.
- La empresa no acreditó las interrupciones en su producción ni justificó la demora.
- La empresa no probó que informara a los consumidores sobre posibles demoras.
- No corresponde eximir a la empresa por fuerza mayor, ya que debía haber pactado un plazo mayor o mantenido informado al consumidor.
- La infracción es de carácter formal, por lo que no se requiere daño concreto.
- La multa está dentro de los límites legales y no resulta desproporcionada.
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