GOMEZ MARIA CRISTINA S/ SUCESION TESTAMENTARIA
La Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Morón confirmó en parte y modificó en parte la resolución que rechazó el pedido de secuestro de la camioneta en una sucesión testamentaria. La decisión respeta la voluntad del testamento y la protección del legado de uso en favor del cónyuge, rechazando el secuestro por considerarlo una medida que contraviene la intención de la causante.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La heredera testamentaria, Gómez María Cristina, interpuso recurso de apelación contra la decisión del Juzgado de Primera Instancia que desestimó su pedido de secuestro de una camioneta, en el marco de una sucesión testamentaria. La Cámara analiza la validez del legado de uso en favor del Sr. Mellino, pareja de la testadora, y concluye que la voluntad de la causante era permitir que su pareja utilizara el vehículo, incluso tras su fallecimiento. La Cámara resalta que la medida de secuestro no procede, ya que contraviene esa voluntad, y que en cambio, se debe proceder a la intimación del seguro del bien, para proteger su integridad. La fundamentación del voto considera que la protección del legado y la planificación sucesoria, en clave constitucional y convencional, justifican la decisión. La mayoría vota en sentido de confirmar el rechazo del secuestro y modificar para ordenar la intimación del seguro, sin costas de alzada. La fundamentación destaca: "la voluntad de la causante era, en vida, que su pareja pudiera utilizar la camioneta y procuró que esto siguiera así para luego de su fallecimiento", y "la medida de secuestro, entonces, no procede, y la heredera debe respetar lo dispuesto en el testamento". Se concluye que la resolución de primera instancia se mantiene en cuanto al rechazo del secuestro, pero se modifica para ordenar la protección del bien mediante la intimación del seguro.
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