FREGOSSI EZEQUIEL MAXIMILANO C/ SARGENTO CABRAL S.A. DE TRANSPORTES Y OTRO/A S/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)
La Cámara de Apelaciones confirmó la sentencia de primera instancia que rechazó la indemnización por daño físico y fijó montos por daño psíquico y consecuencias no patrimoniales en un proceso por daños y perjuicios derivados de un accidente en transporte público. La decisión se fundamentó en la falta de acreditación del daño físico y en la valoración de las secuelas psíquicas y no patrimoniales.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La demanda fue promovida por Ezequiel Maximiliano Fregossi contra Transporte Sargento Cabral S.A.T. y Proteccion Mutual de Seguros del Transporte Publico de Pasajeros. La sentencia de primera instancia hizo lugar parcialmente a la demanda y condenó a los demandados a pagar $6.014.000, extendiendo la condena a la aseguradora. El actor reclamó daños físicos, psíquicos y consecuencias no patrimoniales tras un accidente el 9/08/2021 en un colectivo de la Línea 163, donde sufrió caídas y secuelas. La sentencia rechazó la indemnización por daño físico por falta de prueba médica concluyente, pero fijó en $6.000.000 la indemnización por daño psíquico y en $2.500.000 las consecuencias no patrimoniales, considerando las constancias médicas y psicológicas, la edad del actor (19 años), y la naturaleza del daño. Se argumentó que la valoración de los daños no patrimoniales debe hacerse con prudente arbitrio judicial, atendiendo las circunstancias del caso y la jurisprudencia. La Cámara confirmó la sentencia en todos sus términos, manteniendo los montos y la negativa a la indemnización por daño físico.
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