Logo

BIZAMA GOYENECHE INES DEL CARMEN C/ SCALISI PEDRO JORGE S/ ACCION COMPENSACION ECONOMICA

La Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial del Departamento Judicial de La Matanza revisó la resolución que fijó un monto en la acción de compensación económica, dejando sin efecto dicha resolución y ordenando un nuevo pronunciamiento. La decisión se fundamenta en la incumplida explicación del cálculo del monto y en la necesidad de definir claramente los cálculos matemáticos utilizados para determinar la renta vitalicia.

Recurso de apelacion Accion de compensacion economica Renta vitalicia Fundamentacion de resoluciones Calculos matematicos Decisiones judiciales Derechos patrimoniales Control judicial Normativa civil Buenos aires.

La parte actora demanda en un proceso de acción de compensación económica respecto de la sentencia de primera instancia que fijó un monto de $6.970.564, sumado a un pago en dólares, totalizando aproximadamente $59.180.000, conforme a la referencia del Banco de la Nación Argentina. La resolución de primera instancia, dictada el 12/02/2025, no detalla cómo se llegó a dicho monto, en especial en lo que respecta a la renta vitalicia. La apelante, Dra. Florencia Soledad Busilli, argumenta que la resolución no especifica los cálculos realizados, lo que vulnera principios de transparencia y fundamentación. La Cámara, tras analizar los fundamentos, concluye que la resolución debe ser dejada sin efecto respecto del monto fijado en el ítem II A) por falta de precisión en los cálculos matemáticos. La sala resuelve dejar sin efecto dicha resolución y ordenar al juez de grado que dicte una nueva, con una fundamentación clara y detallada sobre cómo se estableció la base para la renta vitalicia. Además, se declaran las costas de alzada no impuestas dada la naturaleza del asunto y la resolución adoptada. La sentencia dispone la devolución del expediente y la notificación electrónica conforme a los procedimientos vigentes. Fundamentos principales: "Tal consideración, hace que la resolución de fecha 12/02/2025 deba dejarse sin efecto respecto del monto fijado conforme el 'item II A)', debiendo el Sr. Juez de grado proceder a dictar una nueva, fijando los cálculos matemáticos utilizados a los fines de establecer la base respecto de la renta vitalicia." La Cámara fundamenta su decisión en la necesidad de garantizar la correcta fundamentación y transparencia del monto fijado, especialmente en el contexto de una renta vitalicia, donde la precisión en los cálculos es esencial para la defensa del derecho de las partes. Además, consideran que la omisión de detalles sobre los cálculos realizados viola el principio de congruencia y fundamentación suficiente en la resolución judicial, por lo que resulta procedente dejar sin efecto la resolución apelada y ordenar un nuevo pronunciamiento.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar