M. A. A. C/ D. M. E. S/ ALIMENTOS(S)
La Cámara de Necochea modificó la cuota alimentaria en el proceso de alimentos, elevándola del 25% al 30% de los haberes de la demandada, basándose en parámetros oficiales y en la protección del interés superior del niño.
El actor, A. A. M., promovió una demanda de alimentos en contra de su ex pareja, M. E. D., solicitando que la cuota alimentaria se elevara del 25% al 30% de los ingresos de la demandada. La sentencia de primera instancia hizo lugar a la demanda y fijó la cuota en el 25%, considerando los ingresos y bienes de la familia, el valor económico del cuidado y la residencia con el progenitor que tiene el cuidado exclusivo de los niños. La sentencia también consideró el acuerdo homologatorio sobre alimentos extraordinarios y la situación patrimonial de la demandada, que alquila su vivienda y posee un automóvil. El recurso de apelación del actor fue aceptado por la Cámara, que consideró que el porcentaje del 25% no satisface las necesidades de los menores, especialmente en base al Índice de la Canasta de Crianza, oficializado en 2023, que refleja los costos mínimos para la crianza. La Cámara valoró que, en diciembre de 2024, el 30% de los ingresos de la demandada sería aproximadamente $360.000, frente a una canasta de crianza de $488.469, concluyendo que un 30% sería más adecuado para cubrir las necesidades de los menores. La Cámara revocó la sentencia en ese aspecto y fijó la cuota en el 30%, imponiendo costas a la vencida, y dejó en suspenso la regulación de honorarios.
Fundamentos principales:
"El análisis del plexo probatorio valoró los empleos y el nivel de ingresos de ambos progenitores, sus bienes registrables, las actividades curriculares y extracurriculares de los hijos, así como el acuerdo homologatorio firme existente sobre alimentos extraordinarios por el cual asumieron dichos gastos en partes iguales. Meritó que los niños residen con su progenitor, recayendo sobre él el cuidado exclusivo y que sólo el niño es quien mantiene comunicación con su madre, sin pernocte. [...] La sentencia tuvo en cuenta que al mes de abril de 2024 la alimentante percibió un haber mensual neto de $1.019.611,22, conforme contestación de la AFIP del 8/05/2024. A esa fecha
- abril de 2024
- el 30% de los haberes de la alimentante hubiera representado la suma de $305.883, mientras que la Canasta de Crianza por el tramo etario 6-12 años representaba la suma de $ 388.010. [...] La Canasta de Crianza correspondiente al tramo etario 6-12 años era
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