GOMEZ EUGENIO Y OTROS C/ CARRIZO MATIAS EZEQUIEL Y OTROS S/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)(L)
Homologación judicial de acuerdo transaccional en causa por daños y perjuicios; la resolución aprueba la transacción, declara el desistimiento de acciones y regula honorarios y costas, garantizando el cumplimiento de la misma.
El proceso judicial en cuestión corresponde a una demanda por daños y perjuicios promovida por Eugenio Gómez y otros contra Matías Ezequiel Carrizo y otros. Las partes han llegado a un acuerdo que fue presentado en fechas 11/3/2025 y 23/5/2025, solicitando su homologación judicial conforme a lo dispuesto en el art. 308 del C.P.C.C. La jueza Francese, tras analizar la validez del acuerdo y considerar que no existen vicios que afecten la voluntad de las partes, decidió homologar lo pactado, conforme a los arts. 959, 1021, 1061 del Cód. Civ. y Com., y art. 1197 del Código Civil, y en los términos de los arts. 1642, 1643, 838 y 850 del mismo cuerpo legal. La resolución destaca que "no aparece en forma manifiesta, vicios dirigidos a la voluntad del acto mismo celebrado por las partes" y que "las partes han manifestado expresamente su voluntad de dar por extinguida toda acción y derecho vinculado a la causa". Además, se ordena el pago de honorarios a los abogados intervinientes y peritos, con regulación de montos y adicional por porcentajes de ley. Fundamentos principales: "Que representando dicha transacción voluntad expresa de las partes (arts. 959,1021 y 1061 nuevo Cód. Civ. y Com. ex art. 1197 del Código Civil) y en los términos de los arts. 1642 y 1643 y ex arts. 838 y 850 del mismo cuerpo legal, no apareciendo en forma manifiesta, vicios dirigidos a la voluntad del acto mismo celebrado por las partes, y en virtud de lo manifestado precedentemente, RESUELVO: Homologar lo acordado por las partes en las presentaciones de fecha 11/3/2025 y 23/5/2025." "Que las costas serán soportadas por 'SAN CRISTOBAL SOCIEDAD MUTUAL DE SEGUROS GENERALES', según lo acordado en la cláusula Cuarta del convenio." "Se regula la suma de honorarios de los letrados y peritos con base en el monto del acuerdo de $60.000.000, en conformidad con las escalas arancelarias aplicables, y se
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