DOMINGUEZ SABRINA SOLEDAD Y OTRO/A C/ ACUÑA MICAELA MACARENA Y OTRO/A S/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)
La Cámara de Junín confirma la resolución que rechazó la demanda por daños en colisión vehicular, fundamentando que la responsabilidad se sustenta en la prioridad de paso desplazada en favor del conductor que transitaba por la avenida San Martín, y que la conducta imprudente de las accionantes interrumpió el nexo causal.
La causa fue promovida por Sabrina Soledad Dominguez y Elida Garay contra Micaela Macarena Acuña, reclamando daños derivados de un accidente de tránsito ocurrido el 13/06/2023 en la intersección de Avenida San Martín y calle Alberdi en Junín. La sentencia de primera instancia rechazó la demanda, considerando que la prioridad de paso fue desplazada respecto del vehículo de la demandada, quien transitaba por una avenida de mayor jerarquía, y que las conductoras accionantes interrumpieron el nexo causal por intentar cruzar sin respetar la prioridad. La apelación alegó inaplicabilidad de la regla de prioridad y cuestionó la valoración del informe pericial mecánico y la intervención de un tercer motociclista, además de la posible contradicción con el proceso penal en curso. La Cámara de Junín confirmó la decisión, destacando que la prioridad de paso en la intersección fue desplazada por las características especiales de la avenida San Martín, y que la conducta de las actoras, al no respetar las reglas de tránsito y no actuar con la debida prudencia, interrumpió el nexo causal. La responsabilidad se sustenta en la responsabilidad objetiva por el riesgo del vehículo conducido por la demandada, y la participación de un tercer motociclista no alteró la conclusión.
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