LEIVA NORA ALEJANDRA C/SKAMPERLE MARTA FRANCISCA S/BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS (FAMILIA) S/INCIDENTE DE APELACION
La Cámara de Apelación confirma el decisorio que adicionó honorarios a la defensora de pobres y ausentes, y rechaza el recurso de apelación interpuesto, en consonancia con precedentes jurisprudenciales y la normativa vigente. La decisión se fundamenta en la aplicación de principios constitucionales y leyes previsionales, reafirmando la constitucionalidad de la regulación de honorarios en estos casos.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La causa fue promovida por Nora Alejandra Leiva contra Marta Francisca Skamperle en un beneficio de litigar sin gastos en materia familiar. La Cámara analiza la apelación del Decisorio del 12/8/2024, que adicionó honorarios a la defensora de pobres y ausentes ad hoc en el marco del art. 9 de la ley 14.967, y que fue impugnado por el Defensor General. La Cámara de Dolores, en línea con antecedentes jurisprudenciales y el criterio del Tribunal Superior de Justicia de Buenos Aires, decide confirmar la resolución apelada, considerando que la misma se ajusta a derecho. Se destaca que la sentencia fundamenta su decisión en la jerarquía constitucional y convencional, los principios del orden público previsional y la normativa aplicable, rechazando los agravios por su identidad con precedentes ya establecidos. Los jueces sostienen que: "tratándose de idéntica situación y siendo que el Superior Tribunal bonaerense se ha expedido en análogo sentido, corresponde replicar todos y cada uno de los fundamentos, citas legales y jurisprudenciales vertidas en los antecedentes citados para desestimar el planteo". Además, concluyen que no corresponde la imposición de costas por tratarse de una cuestión arancelaria. La resolución se comunica a la Procuración General y a la Caja de Previsión Social para Abogados, en cumplimiento del ordenamiento legal vigente.
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