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SODINI, LUIS MARIA c/ EN-AFIP-LEY 20628 s/PROCESO DE CONOCIMIENTO

El actor impugnó la constitucionalidad de los artículos que establecen el impuesto a las ganancias sobre los haberes previsionales. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal modificó parcialmente la sentencia y ordenó la devolución de las sumas retenidas en concepto de dicho tributo.

Inconstitucionalidad Vulnerabilidad Impuesto a las ganancias Personas mayores Haberes previsionales Devolucion.


- Actor: Luis María Sodini
- Demandado: Estado Nacional
- AFIP
- Objeto: Declaración de inconstitucionalidad de los artículos 23 inc. c), 79 inc. c), 81 y 90 de la Ley 20.628 de Impuesto a las Ganancias que establecen el gravamen sobre los haberes previsionales.
- Decisión: La Cámara hizo lugar parcialmente al recurso, modificando la tasa de interés aplicable a la devolución de lo retenido, y confirmando en lo demás la sentencia que declaró la inconstitucionalidad e inaplicabilidad de las normas cuestionadas.
- Fundamentos:
- La Corte Suprema en el precedente "García" estableció que la capacidad contributiva no es un parámetro suficiente para gravar a los jubilados, debiendo considerarse la vulnerabilidad del colectivo.
- La Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores exige respuestas diferenciales para los sectores vulnerables.
- El actor acreditó ser una persona mayor de 70 años y tener certificado de discapacidad, encuadrando en los supuestos considerados por la CSJN.
- La modificación legislativa posterior no alteró el criterio, al no cumplir con los parámetros fijados por la jurisprudencia.

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